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Los Administradores colaboran con el Ayuntamiento de Oviedo en la implantación del cubo marrón en las comunidades de propietarios.
La Ley 22/2011, de 28 de julio, de Residuos y Suelos Contaminados, en ejecución de la Directiva Marco de Residuos, marca como objetivo en su artículo 22 que antes de 2020 la cantidad de residuos domésticos y comerciales que han de ser reutilizados o reciclados (papel, metales, vidrio, plástico, biorresiduos u otras fracciones reciclables) deberá alcanzar, en conjunto, como mínimo el 50% en peso. Además se obliga a que las autoridades medioambientales de cada país impulsen la recogida separada de biorresiduos para destinarlos al compostaje o a la digestión anaerobia, en particular los biorresiduos generados en los hogares. En la actualidad Oviedo es el segundo municipio que más recicla, en parte por haber sido uno de los que primero implantó la recogida selectiva de la basura. |
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No obstante, la reutilización y reciclado apenas alcanza el 22% del peso total de la basura, es decir, el 55% de la basura que se separa en los cubos amarillo, azul y verde, seguido a poca distancia por Gijón y superado por Sobrescobio. El porcentaje de residuos que hasta ahora se podía reciclar o reutilizar con la recogida selectiva de basuras representaba aproximadamente un 40% de su peso (19% papel, 16% cristal y 15% plásticos). Pese a que la basura orgánica supone el 41% del total y que la normativa comunitaria ya fijó este objetivo en el año 2.008, no se va a incorporar hasta este año al proceso de reciclado. En 2013 Cogersa puso en marcha una planta de biometanización para el tratamiento de los residuos orgánicos, valiéndose de digestores en los que se aprovecha el biogás para generar electricidad y se genera compost con diversos usos.
En la actualidad Oviedo es el segundo municipio que más recicla, en parte por haber sido uno de los que primero implantó la recogida selectiva de la basura. No obstante, la reutilización y reciclado apenas alcanza el 22% del peso total de la basura, es decir, el 55% de la basura que se separa en los cubos amarillo, azul y verde, seguido a poca distancia por Gijón y superado por Sobrescobio.
El porcentaje de residuos que hasta ahora se podía reciclar o reutilizar con la recogida selectiva de basuras representaba un 40% de su peso (19% papel, 16% cristal y 15% plásticos). Pese a que la basura orgánica supone el 41% del total y que la normativa comunitaria ya fijó este objetivo en el año 2.008, no se va a incorporar hasta este año al proceso de reciclado. |
En 2013 Cogersa puso en marcha una planta de biometanización para el tratamiento de los residuos orgánicos, valiéndose de digestores en los que se aprovecha el biogás para generar electricidad y se genera compost con diversos usos.
Si se mantuviese el mismo porcentaje de separación de residuos actual, en 2.020 se alcanzará en Oviedo una tasa de reciclaje del 45%, insuficiente para cumplir el objetivo del 50% que fijó la normativa comunitaria. Por ello, se requiere de un esfuerzo adicional de los ciudadanos, los ayuntamientos y las empresas implicadas. Todo ello para reducir los problemas medioambientales que genera la basura que se está amontonando en los vertederos que ya tienen agotada su capacidad. Los Administradores de Fincas colegiados nos sumamos a dicho esfuerzo incentivando la separación de los residuos en nuestras comunidades de propietarios, apoyando a los Ayuntamientos que se sumen a la mejora de los procedimientos de separación de residuos para su posterior reciclado y reutilización y facilitando información a sus propietarios.Todo ello para reducir los problemas medioambientales que genera la basura que se está amontonando en los vertederos y que ya tienen agotada su capacidad.
Se dispone en este Colegio a disposición de los Administradores de Fincas de carteles adhesivos para colocar en el interior de los portales de las comunidades de propietarios con los que se informaría a los vecinos de los días de colocación y recogida del cubo marrón, en función de la zona a la que corresponda la calle.
Cartelería de la campaña:
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Redes sociales:
@FincAsturias 19 feb.
El Colegio colaborará con el Ayuntamiento de Oviedo en la implantación del cubo marrón
Esta mañana miembros de la Junta de Gobierno se han reunido en la sede del Colegio con la concejala de Infraestructuras, Ana Rivas, y dos técnicos del Ayuntamiento de Oviedo
Recursos:
- Ayuntamiento de Oviedo
- Guía del compostaje doméstico
- Funcionamiento de las plantas de biometanización
La importancia de la formación continua del colegiado
publicado el 25/08/2018
La administración de fincas es una profesión de carácter multidisciplinar que requiere conocimientos de materias y campos muy variados. El Administrador de Fincas ha de tener conocimientos jurídicos, no solo de la Ley de Propiedad Horizontal y de la Ley de Arrendamientos Urbanos, sino de toda aquella legislación actual, europea, nacional, autonómica y local, cuya aplicación afecta a la gestión de los inmuebles. Para ejercer el trabajo diario se precisa también tener conocimientos de contabilidad, técnicos a nivel de construcción, accesibilidad, telecomunicaciones, etc.
En este sentido, el Código deontológico europeo para profesionales en su exposición de motivos indica que la actividad del Administrador de fincas exige cada vez más rigor, profesionalidad y amplios conocimientos en áreas tan importantes como el derecho, la fiscalidad, los seguros, la economía, la contabilidad, las técnicas de construcción, la sociología, los mecanismos de financiación, la informática, el urbanismo, la distribución territorial, etc. Además, estos conocimientos requieren de una puesta al día perpetua, mediante la formación continuada. A continuación recoge como obligación del Administrador la de seguir y hacer que sus colaboradores sigan programas de formación profesional permanente y específica, que les permita adaptarse a las evoluciones en materia de legislación y entorno profesional. Obligación que también se recoge en el artículo art. 26.e de los Estatutos Generales.
A su vez la Ley de Colegios Profesionales (Art. 5.j y r) atribuye a los colegios la función de organizar actividades y servicios comunes de interés para los colegiados, de carácter profesional, formativo, cultural, asistencial y de previsión y otros análogos, proveyendo al sostenimiento económico mediante los medios necesarios. Ello implica que deben fomentar y organizar, en su ámbito específico y de forma permanente, actividades formativas que tengan por objeto la actualización de sus conocimientos y el perfeccionamiento técnico y profesional. A estos efectos, podrán establecerse acuerdos o convenios de colaboración con las Administraciones Públicas, así como con empresas o entidades particulares, Universidades y Escuelas Universitarias para la impartición de cursos formativos. La formación continua constituye pues un elemento diferenciador frente a aquellos profesionales que no invierten en su reciclaje. Para promocionar la formación continua de los Administradores de Fincas colegiados se ha desarrollado por el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas de España un sistema de certificación de la formación continua a implantar por los colegios territoriales que se contiene en el Reglamento para la Certificación de la Formación Continua de los Administradores de Fincas Colegiados aprobado el año pasado.
La colegiación implica someterse a un control de calidad en la prestación de los servicios profesionales de administración de fincas. Este Colegio profesional ha de atender esta función esencial de procurar la formación de sus miembros que le encomiendan las leyes y que constituye su razón de ser. La formación mejora la cualificación profesional y distingue al profesional que la recibe frente al que no invierte en ella. La formación constituye un criterio distintivo entre el administrador colegiado que se forma y recicla de forma continuada y el que, por no formar parte de esta gran escuela que deben constituir los colegios profesionales, no se actualiza ni crece incorporando nuevos conocimientos.
Como bien indica D. Vicente Magro Server, que postula la formación obligatoria del administrador, “el servicio público no se presta tan sólo por los profesionales que trabajan en la Administración Pública, sino que también se ejecuta por profesionales liberales, como los administradores de fincas, que tienen una función importante para que los ciudadanos que viven bajo el régimen de propiedad horizontal puedan recibir prestaciones de servicios de calidad en la gestión de sus inmuebles. Si se pretende que la función pública que desempeña el administrador, mejorando las condiciones de vida de los ciudadanos, tenga la relevancia que le corresponde, necesariamente hay que potenciar ese factor distintivo del profesional cual es su formación. Resulta necesario pues llevar a cabo una exigente formación continuada que asegure a los profesionales que estarán en las condiciones de conocimientos necesarias para dar respuesta en tiempo y forma a las demandas de una sociedad cada vez más exigente y más competitiva. Dos conceptos, estos últimos, que precisan que el profesional se embarque en una apuesta por mantener un elevado nivel de conocimientos para permitirle que el ciudadano tenga la seguridad de que la gestión de nuestros inmuebles esté en las manos de profesionales que no solamente han acreditado una mínima titulación y colegiación para realizar una función, sino que, también, mantienen un elevado nivel de conocimientos mediante el seguimiento y realización de una serie de cursos de formación periódicos”[1].
Los colegios profesionales deben ser hervideros de formación para sus colegiados, ya que esto es uno de los aspectos diferenciadores que tenemos frente al intrusismo[2]
Sentada la necesidad de una adecuada formación de los colegiados en las constantes reformas legales y, también, en los criterios que se van implementando para la resolución de los problemas que siempre surgen en la actividad laboral, el Colegio ha de contribuir en dicha labor estableciendo los instrumentos necesarios para informar a los consumidores de la formación que reciben los profesionales de la administración de fincas. Ha de poner al alcance de los clientes información acerca del administrador que se forma y recicla de forma continuada y el que no cumple con esta obligación personal y profesional. Para que el nivel de formación de cada profesional esté disponible para el consumidor, de modo que le sirva de referencia de la calidad del servicio que puede recibir del profesional, se hace necesario implantar un sistema que haga público cuál es el nivel de formación de cada colegiado.
Por otro lado, no cabe duda que la participación en las actividades colegiales y el uso de sus herramientas también incide en el nivel de formación y en la calidad del servicio que va a prestar el administrador a sus clientes. Resulta igualmente relevante para el consumidor conocer el nivel de aseguramiento del profesional con el que contrata o va a contratar, ello le da una seguridad que no tiene con los profesionales que se sustraen a la colegiación. Con este fin, se van a ir haciendo públicos, a través de la página web de este Colegio de forma voluntaria una serie de datos de indudable interés para el consumidor. Así, en el apartado de acceso público de la web relativo al “censo colegial”, junto con la identificación del colegiado y los datos de su despacho profesional, se añaden voluntariamente los siguientes:
1º.- la formación realizada por cada colegiado en los dos últimos años, con indicación del listado de los cursos que ha recibido, las horas de formación y los bonus de formación resultantes,
2º.- la participación en las actividades colegiales (impartición de cursos de formación, colaboración con las comisiones, organización de actos colegiales, participación en los órganos de gobierno …),
3º.- el uso de las herramientas profesionales que facilita el Colegio y
4º.- los seguros y capitales asegurados de los que dispone cada colegiado.
En el sistema establecido por el Reglamento de Formación del Consejo un bonus representa diez horas de formación ponderada que podrá proceder:
- de la formación presencial realizada por este u otro Colegio territorial, los Consejos autonómicos, el Consejo General o asociaciones profesionales análogas internacionales,
- de la formación virtual impartida por plataformas puestas a disposición de los colegiados por los distintos Colegios Territoriales o Consejos Autonómicos, Consejo General o CEPI/CEAB, por la plataforma Aula Colegial, o por cursos de las diferentes universidades con las que el Consejo General tiene firmados convenios,
- de la asistencia a Jornadas, Encuentros y Congresos de Administradores de Fincas Colegiados.
No todas las horas de formación ponderarán lo mismo. Tendrá más valor la formación presencial, la relacionada con la actualización normativa y la que se refiera a aquellas materias que tengan mayor relación y utilidad para la profesión.
Para incorporar estos datos en la sección pública de “censo colegial” se deberá cumplimentar un formulario al efecto y acreditar aquellos extremos de los que no tenga constancia el Colegio.
Para quienes no puedan asistir personalmente a los cursos, se han empezado a grabar los cursos de formación para que estén disponibles en la web, junto con las proyecciones o diapositivas y la documentación entregada en formato pdf. Al objeto de verificar que dichos cursos se visionan, será necesario contestar correctamente un cuestionario que facilitará el Colegio. Estos cursos a distancia ponderarán un 25% sobre los presenciales. En el futuro, este módulo se corregirá para que tenga en cuenta la proximidad del despacho profesional del colegiado a la sede en la que se impartan los cursos. No es lo mismo un colegiado que trabaje en Castropol y no pueda desplazarse a un curso a Oviedo, que otro que residiendo en esta última localidad no le apetezca desplazarse a la sede colegial.
Este Colegio organiza un promedio de dos actividades formativas al mes, salvo en periodos vacacionales, generalmente sin coste alguno para el colegiado. Periódicamente se informa por email de la formación prevista y además se pueden consultar en todo momento los próximos cursos en la sección de "Formación" en la "Zona privada" de la web colegial. De todos los cursos que se realizan se entrega diploma al asistente, además de computar en el bonus de formación continua. Existe también formación externa de la que también se informa periódicamente, que se imparte conjuntamente con otros Colegios de la región (Arquitectos, Abogados, Aparejadores …), acudiendo a las jornadas formativas de otros Colegios de Administradores de Fincas de toda España y a los congresos y encuentros anuales de la profesión, matriculándose en los cursos a distancia que a nivel nacional imparte Aula Colegial, inscribiéndose en los cursos de FADE Asturias con la que el Colegio tiene convenio de formación ... Cita ineludible para avanzar en el desarrollo profesional son los congresos y encuentros nacionales que se celebran anualmente. Siempre han sido, y en especial en nuestra profesión, un foro de intercambio de ideas y de debate, donde encontrar soluciones a los problemas cotidianos que nos encontramos en nuestro trabajo. Nos permiten replantearnos la organización y funcionamiento de nuestros despachos y abren nuevas perspectivas al desarrollo profesional.
[1] Este párrafo forma parte de la propuesta realizada por D. Vicente Magro Server, Presidente de la Audiencia Provincial de Alicante y Doctor en Derecho, en artículo publicado el 13/10/2010 en la web ElDerecho.com, para que la formación sea obligatoria en el seno de los colegios profesionales.
[2] D. Francisco José Arnaldos Jiménez en su libro “Etica y Nicómaco. Comentarios de ética para administradores de fincas”.
¿Qué ventajas tiene incorporarse al Colegio de Administradores de Fincas de Asturias?
publicado el 24/08/2018
A modo enunciativo las ventajas de pertenecer al Colegio de Administradores de Fincas de Asturias son las siguientes:
1º.- El Colegio profesional de Administradores de Fincas proporciona a sus colegiados una serie de herramientas para facilitar el desarrollo de su trabajo:
- CAFirma: Sistema de emisión de certificados digitales de las comunidades de propietarios a nombre del Administrador, que le permite presentar todo tipo de escritos ante las Administraciones Públicas, y que incluye una herramienta para revisar a diario todos los buzones de notificaciones y descargarlas y firmar electrónicamente todo tipo de documentos, incluso desde el móvil.
- Certificados de deuda: Sistema de emisión de los certificados del estado de deudas del inmueble que solicita el propietario cuando lo va a vender, con firma electrónica del administrador, bajo el paraguas del seguro colegial caso de que se cometa algún error e integrado en la plataforma Sferen para la descarga del mismo por el notario..
- Logalty: Sistema de remisión de burofaxes con certificación literal y acuse de recibo a mitad de precio que otros proveedores.
- Doyfe: Sistema de seguimiento y certificación del envío, recepción y lectura de los emails sin coste alguno, salvo cuando se solicite la certificación de algún email (En estudio para su implementación).
- Fincasplus Elite: Software específico de la empresa IDS de comercialización exclusiva entre Administradores de Fincas colegiados para la gestión de comunidades. Permite la descarga automática y contabilización de extractos bancarios, la incorporación de las facturas del correo electrónico o de la plataforma conecta, con módulos específicos para gestión de incidencias, llamadas telefónicas (Dial Plus), acceso de los propietarios vía web a la documentación de la comunidad y comunicación de incidencias, aplicaciones móviles para acceder a los datos en cualquier momento, confección automática de actas,… Todo ello a precios reducidos y con descuentos para los nuevos colegiados.
- Conecta: Se trata de una plataforma a nivel nacional que permite la descarga de facturas de los proveedores, obtención de presupuestos, gestión de obras y reparaciones y futura implementación de nuevos servicios exclusivos para los colegiados
2º.- El Colegio pone a disposición de sus miembros en condiciones ventajosas varias salas en la sede colegial para la celebración de las juntas de comunidad, un despacho para atender necesidades puntuales, una biblioteca especializada, acceso a internet por cable o wifi ....
3º.- Posibilidad de usar el distintivo o imagen profesional del colectivo con una serie de logotipos registrados a disposición de todos los colegiados, que diferencian y proporcionan al consumidor una imagen de confianza y calidad de quien lo utiliza. Además permite el uso de la denominación “Administrador de Fincas”, la cual se encuentra inscrita en el Registro de Patentes y Marcas y por tanto es de uso exclusivo de los colegiados.
4º.- Se pone a disposición de los colegiados diversos servicios de valor añadido:
- Asesoramiento jurídico por escrito y gratuito sobre cualquier cuestión relacionada con la actividad, además de servicios de arbitraje, mediación, emisión de dictámenes e incorporación al listado de peritos judiciales.
- Gestoría laboral y fiscal para el asesoramiento gratuito y realización de trámites puntuales con un coste reducido (En estudio para su implementación).
- Tramitación de subvenciones para las comunidades (En estudio para su implementación).
- Asesoría informática, que incluye además, soporte para disponer una página web, posicionamiento y visibilidad en internet, copias de seguridad en la nube … (En estudio para su implementación).
- Servicio gratuito de reclamación judicial de cuotas a propietarios morosos sin coste para la comunidad de propietarios (En estudio para su implementación).
- Servicio jurídico para la tramitación de procedimientos judiciales a precios reducidos y con el aval de abogados y graduados sociales especializados en material laboral y en propiedad horizontal y vertical (En estudio para su implementación).
- Auditoria y/o confección de las cuentas de las comunidades a solicitud del administrador (En estudio para su implementación).
- Posibilidad de integrarse y prestar los servicios antes indicados, con una compensación económica.
5º.- Importantes ventajas de los proveedores por la gestión conjunta de servicios y suministros de los edificios, tanto para la comunidad de propietarios como su administrador:
- Colaboración con las corredurías de seguro que tengan firmado convenio con el Colegio para la gestión conjunta de los siniestros y acceso al historial de tramitación.
- Colaboración con empresas de suministros energéticos para la gestión energética de los edificios (reducción de precios, consumos y potencias contratadas).
- Colaboración con empresas de gasóleo para la obtención de precios especiales para las comunidades que administra.
- Colaboración con APIs con los que tiene convenio el Colegio, en la venta de inmuebles ubicados en los edificios administrados (En estudio para su implementación).
- Colaboración para cumplimentar las obligaciones de protección de datos con empresas especializadas en condiciones ventajosas para el administrador y sus comunidades.
- Condiciones especiales para las comunidades y su administrador con las entidades bancarias de mayor implantación en la región que ofrecen un amplio conjunto de productos y servicios adaptados a las necesidades financieras de cada uno, tanto profesionales como personales, y a las comunidades que administra.
- Externalización de la contabilidad de modo que el Administrador, que no disponga de personal suficiente o así lo prefiera, pueda delegar en una empresa de confianza la elaboración de la contabilidad de sus comunidades (En estudio para su implementación).
6º.- Callcenter para la tramitación de las averías urgentes fuera del horario de apertura de los despachos (En estudio para su implementación).
7º.- El Colegio proporciona a sus miembros un potente seguro de responsabilidad civil que va mejorando e incrementando las coberturas todos los años, como la infidelidad de los empleados del administrador o las infracciones a la normativa de protección de datos, reducción de franquicias, ampliación de los importes asegurados, extensión a actividades conexas como la de agente inmobiliario, reclamación gratuita de honorarios, … y que, no sólo cubre al profesional desde el momento de su colegiación, sino también a la propia comunidad o cliente del Administrador.
8º.- El Colegio dispone de un programa de formación continua, con cursos específicos y casi todos gratuitos sobre las nuevas obligaciones que se imponen a las comunidades y cualquier modificación normativa, para que el Administrador colegiado pueda cumplirlas desde el primer momento y con garantías para el cliente. La formación puede ser impartida a través del Colegio presencialmente o mediante el visionado de los cursos ya impartidos, conjuntamente con otros Colegios de la región (Arquitectos, Abogados, Aparejadores …), acudiendo a las jornadas formativas que imparten los Colegios por toda España y a los congresos y encuentros anuales de la profesión, matriculándose en los cursos a distancia que a nivel nacional imparte Aula Colegial, inscribiéndose en los cursos de la FADE con la que el Colegio tiene convenio de formación ...
9º.- El Colegio proporciona información puntual de todas las novedades normativas, jurisprudenciales y sobre ayudas y subvenciones, incluso antes de su publicación para que los servicios que presta el profesional sean los mejores y más completos en cada momento. El Colegio tiene acceso a borradores y proyectos de normas relacionadas con la edificación antes de su publicación y participa activamente en la elaboración de las mismas a través de la Consejo Autonómico de Vivienda, la Consejería de Industria y la Mesa regional para el fomento de la movilidad eléctrica. Además, participa activamente con otros Colegios de la región en la simplificación de los trámites administrativos en la Comisión Intercolegial de Asturias y a nivel nacional a través de Unión Profesional.
10º.- A través de sus boletines, circulares y su revista trimestral facilita a todos los colegiados pautas de actuación, doctrina sobre materia inmobiliaria, buenas prácticas y utilidades para agilizar y facilitar el trabajo.
11º.- El Colegio dispone de un Código Deontológico en constante desarrollo para que sus miembros adapten su actuación al mismo, lo que permite evitar o resolver fácilmente conflictos con los clientes y otros profesionales y mejorar la calidad del servicio que presta.
12º.- El Colegio tiene firmados diversos convenios con distintas empresas que ofrecen precios especiales a las comunidades y ventajas para los administradores (asunción del coste de la cuota colegial, de los suministros del despacho, de los cursos de formación…).
13º.- El Colegio realiza una labor de previsión social cubriendo a todos los colegiados con un seguro de vida e invalidez permanente absoluta y además ofrece a sus miembros asegurar la paralización de la actividad por incapacidad temporal, maternidad, asistencia sanitaria, accidentes, … en condiciones muy ventajosas (En estudio para su implementación).
Si aún tienes dudas, señalar que si se cumplen determinadas condiciones, las empresas con las que tiene firmado convenio el Colegio asumen el coste de la cuota colegial.
¿Por qué contratar un Administrador de Fincas colegiado en su comunidad de propietarios?
publicado el 23/08/2018
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La gestión de los edificios es cada vez más compleja al imponer los poderes públicos continuamente nuevas obligaciones, requerir de conocimientos específicos cada vez más avanzados y exigir el uso de las nuevas técnicas y herramientas que traen consigo los avances tecnológicos. A todo ello, añadir que el Administrador de Fincas se está convirtiendo en trabajador de las administraciones públicas al encomendarle las leyes trabajos que antes les correspondían a los funcionarios, siendo el Administrador de Fincas quien tiene que asumir la carga de trabajo que supone cumplimentar las bases de datos de las administraciones públicas y asumir además la responsabilidad de los posibles errores por la incorrecta introducción de los datos. |
Al administrador no sólo le corresponden las obligaciones del artículo 20 de la LPH (elaborar la contabilidad, tramitar la reparación de las averías, ejecutar los acuerdos adoptados por la junta, realizar los pagos, redactar las actas y convocatorias como secretario de la comunidad…) y ejecutar las obras del artículo 10 LPH, sino que además le corresponde gestionar por sí o por medio de terceros:
Las obligaciones que imponen las administraciones públicas a las comunidades son cada vez mayores, precisan de conocimientos específicos y hacen necesario servirse de un profesional colegiado como Administrador de Fincas para evitar:
- sanciones administrativas de la AEAT, AEPD, Inspección de Trabajo, Comunidades Autónomos, Ayuntamientos …;
- que el seguro del edificio no se haga cargo de los daños y responsabilidades que deriven del incumplimiento de normas, leyes, ordenanzas y reglamentos referentes al mantenimiento, revisión o conservación de viviendas y edificios y sus instalaciones; e
- incurrir en responsabilidades civiles y penales tanto la comunidad de propietarios como sus cargos, las cuales pueden llegar hasta prisión de uno a cuatro años en caso de imprudencia grave y resultado de muerte, conforme al art. 142 del Código Penal.
5 tipos de sanciones que puede recibir la comunidad por no cumplir sus obligaciones
Asturias queda fuera del segundo dividendo digital.
publicado el 22/08/2018
El Ministerio de Economía y Empresa ha publicado el 30 de junio de 2018 la hoja de ruta del proceso de autorización de la banda de frecuencias de 700 MHz para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de banda ancha inalámbrica. Este segundo dividendo digital va dirigido a la liberación de las frecuencias que van de los 694 a los 790 Mhz para el uso de los servicios con tecnología 5G y ampliar los operadores y frecuencias de mayor alcance y penetración. Ello implica la migración de los servicios de TDT que emitan en este rango de frecuencias entre enero de 2019 y marzo de 2020 y una compensación por los costes de migración, a fin de evitar que se trasladen a los usuarios finales o los organismos de radiodifusión.
Este informe se apoya en otro realizado por la CMC el 17 de mayo de 2018, sobre las actuaciones necesarias para la liberación del segundo dividendo digital en condiciones óptimas. Las bandas "bajas" situadas por debajo de 1GHz, por sus características de propagación, son especialmente indicadas para cubrir entornos rurales o de baja densidad de población, además de ofrecer una mejor penetración de la señal y, por tanto, cobertura en los interiores de los edificios. Estas características las hacen especialmente atractivas, al permitir prestar servicios con una amplia cobertura y unos costes razonables. Aunque con la liberación de la frecuencia de los 700 Mhz, el incremento del ancho de banda disponible va a ser inferior al 10% del volumen total del espectro, el volumen de espectro de bandas “bajas” que se liberará en la banda de 700 MHz supone un incremento de casi el 50% del volumen actualmente disponible en estas bandas.
La banda 700 MHz (694-790) actualmente contiene 12 canales de televisión de 8 MHz que van desde el 49 al 60 y que habría que trasladar al espectro 470-694 MHz. Ello, no genera especiales problemas en la TDT actualmente y, además, en el futuro las nuevas tecnologías permitirán reducir los anchos de frecuencia de cada canal. Aún con el incremento de la resolución (Ultra-HD o 4K) y la incorporación de contenido enriquecido, será posible la difusión de un mayor número de canales en el mismo ancho de banda. Además, está prevista la desaparición futura de las emisiones simulcast SD/HD de los canales públicos y de las emisiones SD (baja definición). También se prevé pasar de la compresión MPEG-2 en SD y H.264 ó MPEG-4 en HD al formato H.265 y de la transmisión DVB-T a la DVB-T2. No obstante, dichos cambios tendrán que venir acompañados de la renovación de los actuales receptores domésticos, que son en su mayoría incompatibles con los nuevos estándares H.265 y DVB-T2. En cualquier caso, la hoja de ruta del Ministerio de Economía y Empresa no contempla estos cambios, que quedarán para años venideros.
Lo importante, en lo que se refiere a la próxima resintonización, es que existen varias zonas que no van a precisar realizar ningún cambio, ya que tienen libre la banda 700 Mhz. Se trata de Asturias, Barcelona, Coruña, Toledo, Murcia norte, Melilla y Menorca. Estas quedarán fuera del conocido como segundo dividendo digital, con lo que no tendrán que hacer ni notarán ningún cambio en las emisiones. El resto tendrán que trasladar entre 1 y 5 canales según la zona. Las emisiones en cada provincia y región se encuentran disponibles en http://www.tdt1.com/
- La hoja de ruta se puede consultar en: http://www.mineco.gob.es/stfls/mineco/comun/pdf/Hoja_de_Ruta_Segundo_Dividendo_Digital.pdf
- El informe de la CMC está disponible en: https://www.cnmc.es/sites/default/files/2069446_7.pdf
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