VIA DISCIPLINARIA.- Los Administradores de Fincas Colegiados están sometidos a normas específicas de carácter deontológico, además de estar sometidos a las normas estatutarios y a las leyes. Cualquier comunidad de propietarios o cliente que se vea perjudicado por la mala praxis del administrador que tenga contratado, siempre que sea miembro de este Colegio, puede formular reclamación disciplinaria contra él en este Colegio de Administradores.
Para efectuar la reclamación es necesario presentar escrito debidamente firmado y aportar, si fuera posible, documento acreditativo de la existencia de relación contractual entre el Administrador y el reclamante, por ejemplo, el acta de la junta de propietarios en la que se nombra o renueva al administrador. También tendría que acreditar la condición de presidente o representante, en caso de actuar en nombre de la comunidad de propietarios o de una persona jurídica.
VÍA EXTRAJUDICIAL.- Esta es la más cómoda, rápida y, en ocasiones, económica. Se trata de ponernos en contacto con el colegio a fin de interponen un proceso que pueda resolver el conflicto entre las partes sin llegar a los tribunales. Ambas partes enfrentadas adquieren el compromiso de acatar la resolución a la que se llegue.
VÍA JUDICIAL.- Implica el fracaso de las vías amistosas de resolución de conflictos. Se ha de plantear una demanda o denuncia, y se aconseja la contratación de un abogado que defienda los intereses del agraviado. Este camino es el más molesto, y prolongado, pero de lo que hay que preocuparse es del posible coste que supondría el mismo.
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Las denuncias o quejas que se presenten en el Colegio tienen que ir debidamente firmadas, ya sea de forma manuscrita o con firma digital, y acompañadas de la documentación de que disponga para su estudio.
Si sólo desea hacerlos llegar alguna sujerencia o poner en conocimiento del Colegio alguna actuación ilícita, puede hacerlo rellenando el siguiente formulario.